domingo, 12 de abril de 2009

JUSTICIA INDIGENA

Justicia indígena viola derechos humanos

12 de Abril de 2009

Las huellas de la aplicación de la llamada justicia indígena.
Las espaldas reventadas a puro latigazo, las narices sangrantes, los hematomas abultando las cabezas, los gritos de perdón clamando piedad. Revolcados entre la tierra y su propia sangre juran no volver a robar.

Es la justicia indígena convertida en barbarie. Así califica a estos actos de ‘ajusticiamiento’ el Fiscal General de la Nación, Washington Pesántez, al asegurar que estas acciones “primitivas” no quedarán en la impunidad.

Las escenas van haciéndose cotidianas, los medios televisivos muestran crudamente el proceso de juzgamiento y castigo que se producen en diferentes comunidades indígenas del país o en sectores de la Patria que reclaman por una real acción policial y judicial frente a la escalada de inseguridad y violencia que registra el Ecuador.

Pero el ‘ajusticiamiento’ se convirtió en asesinato. Los últimos minutos de Fausto Medina, de 56 años, que fue arrastrado y quemado vivo en la comunidad de Canchagua Chico, del cantón Saquisilí en la provincia de Cotopaxi fueron desgarradores.

Así lo cuenta un comunero que se lamenta haber sido espectador de la macabra acción popular. “Le aconsejaban al oído que no vuelva a robar, que se respeta lo ajeno”, comenta sin identificar a ningún responsable.

Sólo fue uno de los casos más conmovedores. Las denuncias por similares hechos se van acumulando en los escritorios de los fiscales. Sólo en el último mes por lo menos se conocen de seis actos de ajusticiamiento comunitario en las provincias de Tungurahua, Chimborazo y Cotopaxi.

La visión indígena de la justicia
Según la dirigente Lourdes Tibán, “los pueblos indígenas conciben el derecho a la justicia como un derecho vivo, dinámico, no escrito, el cual a través de sus propias autoridades y de un conjunto de normas basados en sus costumbres, regula los más diversos aspectos del convivir colectivo, y permite ejercer un control social efectivo en sus territorios y entre sus miembros”.

Tibán, en un foro publicado por la Agencia Latinoamericana de Información (ALAI), puntualizó que “la administración de justicia ha sido entendida equívocamente como linchamientos, salvajismo o la aplicación de sanciones inhumanas que atentan a los derechos universales. Para ella, la justicia indígena es la forma propia de resolver y solucionar conflictos a través de sus propias autoridades, que mediante la aplicación de medidas conciliadoras en algunos casos o ejemplificadoras en otros, restablece la armonía colectiva.

En efecto, los dirigentes de las comunidades coinciden en que los ‘castigos’ son aplicados para que una persona que incurrió en un delito reconozca su error, se arrepienta y prometa no repetirlo. Por lo menos ésa era la intención de los asambleístas que en la Constitución vigente aprobaron y determinaron la jurisdicción indígena para aplicar justicia con base en “sus tradiciones ancestrales y derecho propio”.

Irresponsabilidad
Pero en la práctica el concepto de justicia indígena se ha distorsionado, violentando incluso los mínimos jurídicos que los propios dirigentes indígenas concibieron para reclamar este derecho: el respeto a la vida, al debido proceso, no recurrir a la agresión física y no torturar.

El constitucionalista Antonio Rodríguez Vícens, en un análisis para LA HORA, señaló que los que se vive es resultado de una “novelería e irresponsabilidad” de los asambleístas de Montecristi que dieron paso al reconocimiento de una administración de justicia como si estuviera separada del Estado ecuatoriano.

“Esto es totalmente absurdo, es contraponer dos sistemas de justicia, es como si el Estado renunciara y delegara a la actividad privada esa administración de justicia”, puntualizó.

Se suma a esto que lo legislado contiene contradicciones con varios principios, como el de “que no hay pena sin ley”; es decir que el delito y la sanción que le corresponde, así como quien debe imponerla, debe estar plenamente establecido en la ley.

Según Rodríguez, eso es fundamental para cualquier sistema jurídico y en el caso de los indígenas no hay una legislación escrita, y al no existir no se establecen ni las clases de infracciones o delitos y correspondientemente sus sanciones o penas.

“Las comunidades o sectores indígenas están interpretando en forma absolutamente equivocada la norma constitucional porque al reconocer esta administración de justicia se señaló que no puede ser contraria a los derechos humanos, y quemar, ortigar, azotar, golpear, desnudar a un ciudadano, botarle agua fría son verdaderas torturas que no pueden ser aceptadas por la sociedad”, resaltó el constitucionalista.

Cómo se imparte justicia

° Las autoridades son propias de cada comunidad, pueblo o nacionalidad.

° Tiene un procedimiento
especial propio.

° Aplicación de normas propias del derecho consuetudinario, basado en los sistemas jurídicos propios de cada pueblo o comunidad.

° La sanción es de carácter social, curativo y permite la reintegración y la rehabilitación instantánea del o la acusada.

° Participación y decisión colectiva de la comunidad para resolver el conflicto.

° Es gratuita.

° Es oral y en su propia lengua.

° La restitución inmediata de la armonía y la paz comunal o colectiva

Colectivo. Los habitantes participan en la toma de decisiones y en propio ajusticiamiento.

Linchamientos versus ajusticiamiento

En aproximadamente 15 días en la provincia de Cotopaxi se registraron dos casos de linchamiento y nueve de ajusticiamiento indígena.

Roberto Guzmán, ministro Fiscal Distrital de Cotopaxi, aclaró que para la aplicación de la justicia indígena, primero hay que reconocer su jurisdicción, es decir que las autoridades y pueblos indígenas tengan competencia para administrar justicia dentro de los límites territoriales, entre comunidades indígenas, de acuerdo a lo que establece la Constitución y la Organización Internacional de Trabajo (OIT) en su artículo 169. Todo esto está regulado y limitado con el principio de los derechos humanos que prohíbe la tortura, malos tratos y se garantiza el derecho a la vida.

Señaló que lo que se ha registrado en los últimos días son linchamientos porque no se produjeron en el ámbito del territorio de los indígenas, sino en sectores de campesinos y gente pobre, que han interpretado mal la ley.

Guzmán expresó que para ser indígenas tienen que estar legalmente reconocidos dentro de los órganos del Estado como tal e inscritos. Un mestizo o de cualquier otra etnia que existe en el país no puede ser torturado o aprehendido en sitios que la ley no establezca como asentamientos de indígenas.

Expresó que la Fiscalía inició la investigación sobre el caso de asesinato cometido en contra de Fausto Medina,s quien falleció tras ser quemado vivo.
El occiso era oriundo de Babahoyo e intentaba sustraerse un equipo de sonido, pero fue descubierto por el dueño. Tras un día de castigos fue quemado.

Ocho días después dos hombres fueron aprehendidos por la comunidad de Chinchil de Villamarín, en la parroquia Mulaló, acusados de robar a bordo de una camioneta las viviendas de la gente de ese sector. Ellos recibieron un baño con agua helada, las ortigas y latigazos para purificar su cuerpo, también les querían quemar pero las autoridades llegaron a tiempo.

El lunes anterior en la parroquia de Cochapamba se aprehendió a Mauricio Toapanta, acusado de robo de ganado, pero tras un acuerdo con la policía y los dirigentes del lugar se logró que el caso pasara a ser juzgado por la justicia ordinaria.

Ajusticiamientos
Algunos casos

Julio 1996
La comunidad de Calguasig en el cantón Quinsapincha de la provincia de Tungurahua, en medio de la plaza pública azotaron con un acial, ortigaron y bañaron en agua fría a dos hermanas acusadas de practicar la brujería.

Agosto 2007
En la comunidad de Cachi, del cantón Pujilí, provincia de Cotopaxi, fueron detenidos cinco jóvenes indígenas (entre ellos una mujer) acusados de robo de ganado. El mayor de los detenidos fue disparado y quemado. Los otros fueron flagelados y obligados a cavar una fosa para enterrar a la víctima.

Abril 2008
En San Vicente, provincia de Manabí dos colombianos que, supuestamente, habían asaltado y asesinado a un comerciante del lugar, fueron apedreados, golpeados, arrastrados e incinerados vivos en la plaza central.

Julio 2008
Una pareja indígena de la comuna Santa Lucía de Alausí, en la provincia de Chimborazo, fueron azotados, bañados en agua fría y ortigados bajo la acusación de infidelidad. Otra comunera que conocía del amorío también fue castigada por su complicidad.

Febrero 2009
En San Isidro del Cantón manabita de San Vicente tres presuntos delincuentes fueron incinerados y otro asesinado a tiros poro una turba que los interceptó acusándolos de robo y haber matado a tiros a un hacendado y herido a su esposa.

Febrero 2009
Dos jóvenes, un colombiano y un ecuatoriano, fueron golpeados, atados y quemados por intentar robar una ferretería en San Vicente de Cotama , cantón Otavalo.

Un viejo
reconocimiento

° Artículo 34 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (Aprobado el 13 de septiembre del 2007).
Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones, procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos.

° Artículo 171 de la Constitución
Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.

Castgo. Ortigazos y baño de agua helada para quienes delinquen.

Mi opinión en 60 segundos
Dr. Jaime Costales
Psicólogo, profesor del Colegio de Artes Liberales de la Universidad San Francisco Quito.

Necesidad de la no violencia

° Cada pueblo tiene sistemas de autorregulación para evitar que la delincuencia destruya sus estructuras sociales, económicas y organizativas.

° Evaluar, sin conocimiento de los aspectos propios de la cultura y la psicología de un pueblo, sus reacciones violentas en contra de los delincuentes, lleva a distorsionar con prejuicios apresurados los hechos. Pero, al mismo tiempo, justificar toda forma de violencia que se expresa como justicia “por mano propia”, se puede transformar en una santificación del linchamiento como sistema expedito de “justicia”.

° Entre esos dos extremos, hay que comprender el asunto con una visión más serena y fundamentada: las sociedades, especialmente los pequeños poblados rurales, sienten crudamente el abandono de la autoridad del Estado, y en el caso específico del sistema de justicia oficial, por lo cual, como una forma desesperada de autodefensa acuden a procedimientos violentos y crueles, como sucede en los casos de linchamiento.

° Como ciudadano que cree sinceramente en la democracia y en la solución pacífica de los conflictos, me entristece y preocupa gravemente la recurrencia de los linchamientos, pues la vía no-violenta es la manera psicológica y democráticamente más sana de enfrentar los problemas sociales y personales.

Frases

"La justicia indígena puede conocer y sancionar los delitos sin extralimitarse y aplicar procedimientos que signifiquen atentar contra la vida y derechos humanos”.
Roberto Guzmán,
ministro Fiscal Distrital de Cotopaxi.

"Son parte de la cultura de los pueblos ancestrales que se deben mantener siempre y cuando sean castigos con ortiga y agua helada”.
Abraham Salazar,
presidente del Movimiento Indígena Campesino de Cotopaxi (MICC)

"La justicia indígena de ninguna manera significa linchamientos y menos ir en contra de los derechos humanos”.
Cecilia Velasques,
viceprefecta de Cotopaxi.

HERIDAS. Las huellas de la aplicación de la llamada justicia indígena.

2 comentarios:

  1. es una alternativa para que aminore la delincuencia

    ResponderBorrar
  2. Todo extremo es malo, tanto la excesiva fuerza utilizada para los ajucticiamientos como la completa pasividad ante hechos atentatorios contra la vida o la propiedad.La justicia debe ser aplicada por igual a TODOS los que vivan dentro de un pais. Todos debemos ser iguales ante la ley o hay otros que son mas iguales???
    RAR

    ResponderBorrar

Deja tu huella opina sobre el articulo